El II Congreso Internacional del Comercio Urbano dedica la sesión matinal del 7 de mayo a analizar la nueva Directiva de Servicios europea: cómo se va a realizar la transposición al ordenamiento jurídico español, su estado actual, cómo afectará al comercio minorista y sus perspectivas.
Con la intención de informar en profundidad y responder dudas sobre este tema, Ágora ofrece la oportunidad de enviar preguntas a través de blog www.formapartedeagora.com. Luego, durante la sesión, los ponentes resolverán las cuestiones planteadas por los visitantes del blog y los asistentes. Las respuestas se publicarán en www.formapartedeagora.com junto a las conclusiones del Congreso.
La nueva Directiva de Servicios europea va a provocar grandes cambios en el comercio y los servicios en España. La adecuación a este nuevo marco legal es compleja y requiere modificaciones en la legislación nacional y autonómica, además de un esfuerzo por formar e informar al comercio sobre el impacto que va a suponer esta nueva situación.
En la sesión del Congreso El nuevo marco normativo del comercio interior y de los servicios en España, se realizará un análisis más exhaustivo de esta transposición en la que participarán María Martín-Prat, Marçal Tarragó y Elena Villarejo. Para consultar el programa completo del Congreso, pinche aquí.
La nueva directiva de Servicios
La aprobación de la Directiva 2003/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, impone a los Estados miembros la obligación de eliminar todas las trabas jurídicas y barreras administrativas injustificadas a la libertad de establecimiento y de prestación de servicios. La transposición de la Directiva en España supone adecuar la Ley 7/1996, de 15 de enero, de ordenación del comercio minorista y afecta al conjunto de leyes y normas de las Comunidades Autónomas que ordenan el comercio interior en España.
La nueva normativa de la distribución comercial deberá respetar y garantizar la libre competencia, definir la tipología de gran establecimiento comercial y modificar su régimen de autorización. Sólo cuando concurran razones de interés general podrá someterse a una única autorización la apertura de grandes establecimientos. La nueva normativa estatal y autonómica se deberá basar en criterios de ordenación del territorio, urbanismo, protección del medio ambiente y conservación del patrimonio histórico-artístico, entre otros.
En el 2009 tras la “ley paraguas” del Estado y la modificación de la Ley 7/1996, las Comunidades Autónomas cambiarán muchas de las normas que regulan actualmente el comercio interior.
Abril 22nd, 2009 at 11:43 am
¿Cuáles van ha ser las competencias reales de los Ayuntamientos cuando se haya adaptado la Directiva Bolkestein?